Significado de la sucumbencia

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La sucumbencia se refiere al acto y la acción de ceder, dar, soportar o sucumbir.

Este término se suele utilizar en el ámbito jurídico, a partir del llamado “principio de sucumbencia”, que es el deber de que la parte perdedora de un pleito tenga que sufragar todas las costas procesales de la parte ganadora.

Conocido como “carga de la sucesión”, este principio garantiza que la parte ganadora no se vea afectada en su situación económica como resultado del juicio.

Según la ley, los honorarios de sucesión del abogado se fijan entre el 10% (cantidad mínima) y el 20% (cantidad máxima) sobre el importe de la condena establecida por el juez.

En el Brasil, todos los supuestos que se refieren al principio de sucesión están previstos, principalmente, en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil (Ley Nº 13.105/2015).

La carga de la sucesión puede dividirse parcialmente entre la parte perdedora y la parte ganadora, o concederse totalmente al perdedor del pleito, según la decisión del juez.

Ver también: el significado de Onus y la inversión de la carga de la prueba.