Significado del pagaré

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El pagaré, también llamado nota de pago, es un tipo de seguridad.

En el pagaré, una persona supone que debe una cierta cantidad a otra y se compromete a pagar esa cantidad en una fecha y lugar determinados.

Este instrumento de crédito al que la ley, a través del artículo 585, I, del Código de Procedimiento Civil, otorgó eficacia ejecutiva extrajudicial, consiste básicamente en una promesa de pago que depende de la existencia de dos partes:

  • Emisor o suscriptor: es el deudor; la persona responsable de la emisión del pagaré.
  • Beneficiario o prestatario: es el acreedor de la cantidad adeudada; la persona que recibirá el pago de la cantidad adeudada.

El pagaré es un documento que tiene valor judicial, es decir, que es reconocido por la justicia.

¿Cuándo se utiliza el pagaré?

El pagaré se utiliza a menudo en las relaciones comerciales y también en el entorno empresarial.

Este documento, considerado un título extrajudicial, es uno de los principales medios utilizados en los préstamos adquiridos sin transacciones bancarias y sin la participación de las empresas financieras.

El uso del pagaré también puede ocurrir, por ejemplo, cuando se presta una cantidad importante de dinero entre amigos, conocidos o incluso familiares.

Incluso en estas situaciones informales, el pagaré es de naturaleza legal y tiene valor judicial.

Otro ejemplo bastante común del uso de pagarés es en establecimientos que venden hilados.

Para asegurarse de que recibirán el valor estimado de los bienes “cedidos”, los propietarios de los establecimientos están en posesión de una promesa judicial en la que se indica la fecha de recepción del pago debido.

El pagaré cumplimentado debe permanecer en todo momento en posesión del acreedor y ser devuelto al deudor sólo después de que la deuda haya sido saldada.

Tipos de pagaré

Hay dos tipos de pagaré: pagaré pro-soluto y pagaré pro-resoluto.

Revise abajo en qué consiste cada uno.

Pagaré pro-soluto

Si una empresa o una transacción comercial se realiza con pagos mediante un pagaré, si el deudor no cumple la promesa de pago, el acreedor no puede deshacer la empresa.

El problema tendrá que ser resuelto por la aplicación judicial.

Pagaré pro resolución

En el caso de que se haga una negociación sobre la base de un pago mediante un pagaré proactivo, si el deudor no cumple la promesa de pago, el acreedor podrá anular el contrato.

¿Cómo se emite un pagaré?

Una de las opciones para la emisión de pagarés es a través de modelos disponibles en las papelerías.

bloco nota promissóriaModelo de pagaré a la venta en las papelerías

nota pro preenchidaPagaré completado

Una segunda posibilidad de rellenar es a través del sitio web “Pagaré en línea”.

La ventaja de rellenar en línea es que los propios campos en blanco te guían intuitivamente por cómo rellenar un pagaré.

Luego, se genera una pista de Word y otra de PDF. Para terminar el proceso, sólo hay que imprimir el documento.

Para garantizar que un pagaré tenga valor judicial, es importante prestar atención a su correcto relleno.

Vea abajo algunos datos que no se pueden dejar de lado:

  • Número del pagaré.
  • Título “Pagaré” en el título del documento.
  • Fecha de vencimiento del pagaré.
  • Cantidad a pagar.
  • Lugar donde se hará el pago (ciudad y estado).
  • Nombre del beneficiario.
  • CPF del beneficiario.
  • Nombre del emisor.
  • CPF del emisor.
  • Dirección completa del emisor.
  • Firma del emisor.

IMPORTANTE: el documento no debe contener borrones.

¿Qué pasa si el deudor no paga el pagaré?

Cuando el emisor no respeta la promesa que él mismo definió en el pagaré y no efectúa el pago en la fecha y lugar definidos, el acreedor está protegido legalmente para cobrar esa deuda en los tribunales.

Como la nota es reconocida judicialmente, el acreedor puede presentar una Acción de Ejecución Extrajudicial del Título contra el deudor.

Debe haber representación en el tribunal por un abogado (a menos que el valor del pagaré sea inferior al equivalente a 20 salarios mínimos).

En el tribunal, si el deudor no paga la cantidad adeudada, puede ser objeto de embargo, valoración y subasta de sus bienes.

Si el billete ha sido emitido por una entidad jurídica, puede incluso estar sujeto a la quiebra.

Ver también:

  • Duplicado
  • Extrajudicial