DPVAT es el S eguro de D años P essoais C ausentes por V y vehículos A utomotores de V ias T errestres, es el ” Seguro Obligatorio ” que se paga anualmente junto con la primera cuota del IPVA, o en la Cuota Única.
El pago del DPVAT garantiza la indemnización en caso de accidentes de tráfico con resultado de muerte o invalidez permanente y el reembolso de los gastos médicos y hospitalarios debidamente justificados.
La obligación del seguro se mantiene en la Ley n° 11.482/07, para que las víctimas de accidentes de tráfico en el territorio nacional estén protegidas, ya sean conductores, pasajeros o peatones, independientemente de quién sea el culpable.
El administrador del DPVAT es la Compañía de Seguros Principal, que guía a los ciudadanos a través del sitio web o de la línea telefónica del SAC (Servicio de Atención al Cliente).
No se exige a los intermediarios que reclamen una indemnización. La víctima de un accidente de tráfico (o un familiar) puede acudir a una compañía de seguros y presentar los documentos (informe policial, certificado de defunción, informe médico, prueba de gastos médicos, etc.) según el tipo de accidente.