Definición de Contractualismo

Qué es el contractualismo

El contractualismo se denomina como un grupo de corrientes filosóficas cuyo propósito es explicar a la gente la relevancia y el origen del desarrollo de las colectividades y los órdenes sociales. El contractualismo, en definitiva, se explica también por la expresión “contrato social”, que da cuenta de la idea de un acuerdo establecido entre los diferentes actores de la sociedad, que se unen con el objetivo de conseguir ventajas que se garantizan a través del orden social.

De esta manera, las personas renuncian a algunos derechos o incluso libertades para poder organizar, por ejemplo, un gobierno, que será dirigido por un poder superior, o bien por un grupo de autoridades, que se ocupará de todos los participantes en ese contrato social.

Según las diversas corrientes teóricas de la filosofía dentro del contractualismo, la inseguridad, el miedo y la inestabilidad resultantes de la propia naturaleza humana han permitido a los miembros de la sociedad ofrecer ciertos poderes a ciertas personas en particular para hacer posible organizar un orden que traiga paz, seguridad y estabilidad a sus vidas.

Así, el significado del contractualismo se establece a partir de un convenio colectivo en el que los participantes obedecen y siguen las reglas y regulaciones definidas por el poder superior, el gobierno, y también debe ser consciente y de acuerdo con sus obligaciones de proporcionar bienestar a la población.

Teorías del contractualismo

El contractualismo como concepto que busca explicar la cuestión del contrato social surgió en los siglos XVI y XVIII. Las principales figuras que pensaron sobre el tema fueron Thomas Hobbes , John Locke y Jean-Jacques Rousseau . Le dieron un nuevo significado a esta teoría.

Contractualismo de Hobbes

Para el inglés Thomas Hobbes (1588-1679), el contrato social se generó por la necesidad del individuo de tener el control desi mesmo. Según el filósofo, que también era un teórico político, el llamado “estado de la naturaleza” humana es un estado de dominación en relación con los demás, que hace que el individuo sea capaz de destruir a sus semejantes para lograr sus propias voluntades y deseos. Este estado provoca un incesante sentimiento de muerte e inseguridad entre las personas, que también tienen el objetivo de abandonar la llamada “condición de guerra” y lograr la paz.

Según Hobbes, considerado el primer filósofo moderno en explicar en profundidad el contractualismo, la gente buscaba fortalecerse en grupos y a través de normas sociales, lo que, en consecuencia, provocó una restricción de la libertad absoluta de los individuos, todo con el fin de garantizar la seguridad general.

Locke Contractualismo

El inglés John Locke (1632-1704) afirmó que el contrato social surgió de la necesidad de concebir un medio de juicio parcial de los intereses personales de cada uno.

Considerado un feroz crítico de los regímenes dictatoriales o monárquicos, Locke defendió un régimen más democrático, en el que los llamados “hombres libres” tenían derecho a elegir a sus líderes y las decisiones que se tomaran debían basarse en la deliberación común y no sólo en la voluntad del soberano.

Contractualismo de Rousseau

A diferencia de la corriente de Hobbes y Locke, que parte del hombre malo por naturaleza, el francés Jean-Jacques Rousseau (1712-1778) defendió la idea de que el ser humano es bueno en su esencia y que lo que lo corrompe es la sociedad.

Rousseau cree que todo el poder está formado por el pueblo y que debe ser gobernado por él. De esta manera, el pueblo debe elegir a sus representantes para gobernar, siendo los elegidos los elegidos para ejercer el poder en nombre de los intereses generales de la población. En el contexto del análisis de Rousseau, los ciudadanos libres renuncian a su propia voluntad en favor de la llamada voluntad común o general.

Contractualismo y Jusnaturalismo

Antes de la idea del contractualismo, es decir, de la formación del Estado como una especie de mediador de la vida de las personas que viven en sociedad, existía una idea que se acercaba a algo llamado “derecho natural”.

De este modo, el jusnaturalismo se define como una doctrina filosófica que atestigua que, antes de la regla establecida por el orden social, existía un modelo de derecho natural del ser humano, es decir, un derecho ya establecido en el estado mismo de la naturaleza.

Dentro de esta lectura, este derecho puede ser concedido después de una revelación hecha por Dios a los seres humanos (que es lo que conocemos como jusnaturalismo teológico ), desde el pensamiento relativo a la existencia de leyes naturales del universo ( jusnaturalismo cosmológico ) o incluso de acuerdo con las leyes naturales de la vida que el ser humano descubre sólo y únicamente por la razón ( jusnaturalismo racionalista ).

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